La admisibilidad de las conversaciones de WhatsApp, Facebook, Instagram y Telegram como medio probatorio en los procesos de conocimiento contemplados en el Código Orgánico General de Procesos.\ Dicarlo Patricio Aguilar Larco
Material type:
- texto
- no mediado
- volumen
- Disponible también en edición digital
- http://dspace.uhemisferios.edu.ec:8080/xmlui
Item type | Current library | Call number | Copy number | Status | Notes | Date due | Barcode | |
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Tesis | Biblioteca UHEMISFERIOS DERECHO | UDH-CCJJ-D228 AG932 (Browse shelf(Opens below)) | Ej.1 | Available | Acervo Proyectos UDH - Jurídicas y Derecho | 22517 |
Tutor: Gabriela Susana Bedón Garzón
Trabajo de titulación Especial previo a la Obtención del Título de Abogado
Acceso restringido
El presente trabajo tiene como finalidad analizar la legalidad de los chats de las redes sociales o mensajes de datos de WhatsApp, Facebook, Instagram y Telegram en los Procesos de Conocimiento del Código Orgánico General de Procesos con el fin de comprender la aplicación de éstos como medio probatorio en dichos procesos. El presente trabajo analiza la normativa aplicable, los términos y condiciones de las redes sociales antes mencionadas y la legalidad y confidencialidad en la normativa ecuatoriana.
Disponible también en edición digital
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