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090 _aUDH-CJP-174 C384
100 1 _aCharro Mera, Vladimir Gonzalo
245 1 0 _a¿Existe doble imposición en los impuestos municipales que gravan actividades económícas? \ Vladimir Gonzalo Charro Mera
264 3 1 _aQuito:
_bUniversidad de Los Hemisferios, 2017
300 _a39 P.
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500 _aTutor: Doctor Juan Francisco Martínez Castillo
502 _aProyecto para la obtención del título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la República del ecuador
506 0 _aAcceso restringido
520 3 _aimpuestos sobre actividades económicas establecidos en la Ley.Desde el punto de vista doctrinario, esta interpretación podría implicar una doble imposición,dado que el impuesto a la patente municipal y el impuesto del 1.5 por mil sobre los activostotales evidencian el mismo hecho imponible. En tal sentido, resulta imperativo comprobar loselementos constitutivos de la doble imposición para contrastarlos con la potestad tributariaseccional, aplicada a los impuestos sobre actividades económicas. Es decir, que el problemaradica en el supuesto que las actividades económicas de un contribuyente, estarían gravadas dosveces a través del impuesto de patente municipal y del impuesto sobre activos totales, lo cual esuna distorsión que, de ser probada, podría ser corregida a través de la identificación de loselementos de doble imposición que ocasionan tal inconsistencia.Asimismo, es imperativo analizar la naturaleza de cada gravamen para desvincular, condensar osuprimir un impuesto u otro con la finalidad de generar equilibrio y lograr la prevalencia delprincipio de capacidad contributiva, que debe regir en la materia. En suma, el problema queorigina el presente trabajo es la falta de unificación de “los diversos criterios jurídicos (…)adoptados por los municipios al momento de imponer [impuestos] que graven el ejercicio deactividades económicas” (Ratti, 2002, pág. 189), que debe ser analizado para evaluar laexistencia de doble imposición, o no.De acuerdo a lo expresado por Montaño (2006), resulta fundamental establecer los elementos dela doble imposición para entender que “(…) la doble tributación local podría darseordinariamente cuando el sujeto activo exige contribuciones atendiendo a un mismo hechoimponible que represente una transgresión de principios constitucionales y tributarios” (págs.134-148). Por su parte, Rubio (2001) sostuvo que “la necesidad de diseñar un sistema armónicode tributos basado en los principios de la asignación impositiva a fin de corregir posiblesproblemas de doble imposición internacional, aplicables al ámbito local” (págs. 41-43). De igualmanera, Riofrío (1960) propuso “varios casos de doble imposición local que se consideran2relevantes para el enfoque analítico del presente trabajo” (pág. 13). Sin embargo, la dobleimposición debe ser relacionada con la imposición local sobre actividades económicas, por loque se concuerda con las “formas de acercarse a la actividad económica como objeto degravamen por entes locales” (Torrealba, 2002, págs. 513-514).Se busca igualmente verificar si los conceptos de doble imposición nacional se enmarcan en elimpuesto de patente municipal y el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos totales establecidosen la Ley, razón por la que en el presente trabajo se analizan los conceptos de doble imposición ygravamen a las actividades económicas a fin de evaluar si existe doble tributación seccional. Elloimplica desentrañar la naturaleza de estos impuestos según el régimen tributario localecuatoriano, como lo pone de manifiesto Mogrovejo (2013) al referirse a esta temática.
530 _aDisponible también en edición digital
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650 1 4 _aACTIVIDADES ECONÓMICAS
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